ECUADOR CUENTA CON REGLAMENTO PARA CANNABIS NO PSICOACTIVO Y CÁÑAMO INDUSTRIAL

El 19 de octubre de 2020, se vuelve un día transcendental en la industria agrícola del Ecuador, el Ministro de Agricultura, Xavier Lazo, firmó el texto final del Reglamento para la importación, siembra, cultivo, cosecha, post cosecha, almacenamiento, transporte, procesamiento, comercialización y exportación de cannabis no psicoactivo o cáñamo y cáñamo para uso industrial.

Con esto, el gobierno pretende incursionar en una industria prometedora a nivel global pero sin olvidar que la región es aún considerada un mercado emergente del cual los países del primer mundo se abastecen para incrementar sus producciones locales.

Esta industria supondría mayores ingresos sobre industrias que actualmente ya se encuentran posicionadas como por ejemplo en el banano; se espera que por cada diez mil hectáreas de cultivos de cáñamo industrial que se produzcan en el país se puede obtener una rentabilidad de 300 millones de dólares.

Debemos de tener en cuenta algunos factores al asumir este reto, como lo son la inversión, la tecnificación de los cultivos, el uso de semillas certificadas y de calidad, génetica y cultivos orgánicos, la correcta implementación de un sistema financiero y contable que permita el eficiente manejo del negocio y situaciones relacionadas a la propiedad industrial e intelectual, inclusive.

Acceda al Acuerdo Ministerial No. 109: ACUERDO MINISTERIAL No. 109 REGLAMENTO CANNABIS 2020